Información sobre notificaciones

Practica de las Notificaciones

En cumplimiento de la  Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y normas concordantes, la Dirección General de Ordenación del juego, en adelante DGOJ, contempla la siguiente casuística en la práctica de notificaciones a las personas físicas y jurídicas que actúan como interesados en los procedimientos responsabilidad de esta Dirección General

 

Notificación electrónica exclusivamente Vuelve al inicio de la página

Aplicable a sujetos obligados por ser personas jurídicas o actuar como representante de una ante la DGOJ, así como personas físicas que así lo hayan solicitado.

Se realizará la notificación por comparecencia, tanto en la Sede Electrónica de la DGOJ, como en el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, en adelante PAG.

El interesado dispondrá de un plazo de diez días naturales para acceder a su contenido, momento a partir del cual se entenderá practicada la notificación. Si no accediera en dicho plazo, según lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entenderá rechazada dando por efectuado el trámite de notificación y siguiendo el procedimiento en cumplimiento del artículo 41.5 de la citada ley y normas concordantes.

A efectos de acciones y plazos de tramitación, se considerará efectiva la primera de las acciones realizadas a través de cualquiera de los medios anteriormente detallados (Comparecencia en Sede Electrónica de la DGOJ, o PAG)

Para acceder a la notificación, a través de la Sede Electrónica de la DGOJ,  puede hacerlo a través del siguiente enlace: https://sede.ordenacionjuego.gob.es/tramite/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=4, siendo necesario que el destinatario inicie una sesión y que se haya identificado electrónicamente, al menos una vez, con alguno de los sistemas admitidos por la DGOJ al amparo del artículo 9 de la Ley 39/2015. Esto es, DNI electrónico, certificado electrónico o sistema Cl@ve.

 

Notificación electrónica y en papel Vuelve al inicio de la página

Aplicable a personas físicas a las que se notifica por primera vez o que han solicitado la notificación por medios postales.

Se practicará la notificación por correo postal en el domicilio indicado a efectos de notificación.

Asimismo, en cumplimiento del artículo 40.6 de la Ley 39/2015, se pondrá la notificación a disposición  del interesado, tanto en la Sede Electrónica de la DGOJ, como en el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado.

Además de recibir la notificación por correo postal, el interesado, dispondrá de un plazo de diez días naturales para acceder a su contenido en la sede de la DGOJ o en el PAG, momento a partir del cual se entenderá practicada. Si no accediera en dicho plazo, según lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entenderá rechazada dando por efectuado el trámite de notificación y siguiendo el procedimiento en cumplimiento del artículo 41.5 de la citada ley y normas concordantes.

A efectos de acciones y plazos de tramitación, se considerará efectiva la primera de las acciones realizadas a través de cualquiera de los medios anteriormente detallados (recepción por correo postal, comparecencia en Sede Electrónica de la DGOJ, o PAG.

Para acceder a la notificación, a través de la Sede Electrónica de la DGOJ,  puede hacerlo a través del siguiente enlace: https://sede.ordenacionjuego.gob.es/tramite/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=4, siendo necesario que el destinatario inicie una sesión y que se haya identificado electrónicamente, al menos una vez, con alguno de los sistemas admitidos por la DGOJ al amparo del artículo 9 de la Ley 39/2015. Esto es, DNI electrónico, certificado electrónico o sistema Cl@ve.

 

Notificación sólo en Papel Vuelve al inicio de la página

Para personas jurídicas a las que se notifique por primera vez y no disponga de usuario en la sede

Se practicará la primera notificación por correo postal en el domicilio indicado a efectos de notificación y se le dará de alta como usuario en la sede electrónica para las sucesivas.

El interesado será informado de que al ser sujeto obligado a relacionarse electrónicamente con la DGOJ, por ser persona jurídica de carácter privado o actuar como representante de una ante la DGOJ, deberá  activar su usuario en la sede electrónica de la DGOJ al objeto de realizar cuantos trámites y comunicaciones considere oportunos, así como recibir futuras notificaciones por dicho medio.

Punto de Acceso General de la Administración General del Estado

Toda notificación electrónica practica por la DGOJ, además de ser puesta a disposición en la zona habilitada a tal efecto en la Sede Electrónica de la DGOJ,  será puesta a disposición para su comparecencia en el área de notificaciones electrónicas de la Carpeta Ciudadana, integrada dentro del Punto de Acceso General (PAG) provisto por el MINHAC (https://sede.administracion.gob.es/carpeta). Asimismo serán incluidas las notificaciones en papel enviadas por Notific@.

Las notificaciones en papel por Notific@ se gestionan de manera idéntica a las notificaciones por correo postal, con la diferencia de que serán enviadas a través del Centro de Ensobrado de la AEAT.

Carpeta Ciudadana es una iniciativa de las Administraciones Públicas que trata de simplificar la relación de los ciudadanos con la Administración, aunando en un espacio único la información de los diferentes procedimientos y trámites, y dirigiendo a la unidad responsable para continuar con la gestión de los mismos.

 

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